• El artículo 80 de la Ley del IVA ampara tu derecho

  • Nuestro sistema recupera tú IVA de la forma correcta y segura

  • Contacta con nosotros, te haremos un estudio personalizado

¿Por qué confiar en nosotros?

Recuperaeliva.com nace de un despacho de abogados y economistas con más de quince años de experiencia que se nutre de la información de gestionar múltiples clientes de distintos sectores. Una gran mayoría de empresarios se han convertido en nuestros clientes porque han sufrido inspecciones fiscales donde la recuperación del IVA ha sido problemática por defectos formales y de incumplimiento de los plazo legales. Ante ese panorama, nos especializamos en el procedimiento y creamos un sistema donde la recuperación del iva es segura, rápida y unificada, y sobre todo cómoda para el cliente ya que nosotros nos encargamos de todo.
En definitiva, nosotros SOMOS ESPECIALISTAS EN RECUPERAR IVA

REQUISITOS PARA RECUPERAR TU IVA
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FACTURA IMPAGADA

Que la factura esté impagada desde hace 6 meses (PYMES) y hayamos repercutido el IVA

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RECLAMACIÓN JUDICIAL

Que se haya reclamado judicialmente la factura

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NOTIFICACIÓN TELEMÁTICA

Que se notifique la recuperación en el sexto mes a la Agencia Tributaria mediante el modelo 952

CONSTANCIA

Debe quedar constancia de haber notificado o intentado notificar al moroso que vamos a recuperar el IVA

CÓMO RECUPERAREMOS TU IVA
COMPROBACIÓN

Comprobaremos que los plazos se han cumplido

NOTIFICACIÓN

Notificaremos en plazo a la Agencia Tributaria la recuperación y al acreedor también

JUZGADO

Interpondremos el procedimiento monitorio ante el Juzgado competente

SEGUIMIENTO

Entrega de expediente justificando los plazos, las notificaciones y la reclamación judicial, para poder acreditar que se ha seguido el proceso establecido

CREEMOS EN LO QUE HACEMOS: SOMOS ESPECIALISTAS EN RECUPERAR EL IVA
TARIFAS

Facturas entre 1€ y 10.000€ : 30% del IVA recuperado*

Facturas de más de 10.000€: 20% del IVA recuperado

Si el Juzgado lograse cobrar la factura el 15% de lo cobrado

-Facturas con base imponible de entre 1€ y 10.000€ : el 30% del IVA, con un mínimo de 200€ por deudor reclamado
-Facturas con base imponible de más de 10.000€: el 20% del IVA recuperado
-Si el Juzgado lograse cobra la factura el 15% de lo cobrado.